¿Qué es el Cheque Servicio?
Las personas que sufren de la pérdida de autonomía personal y que se encuentran en situación de dependencia, disponen a su alcance de ayudas que la Ley de Dependencia establece. Una de estas ayudas es el Cheque Servicio.
El cheque servicio es una ayuda ofrecida por la Comunidad de Madrid que forma parte de las ayudas a la dependencia. En AT Health Fisioterapia, podemos asesorarle sobre los procedimientos a seguir para su solicitud, ya que somos empresa autorizada por la Comunidad de Madrid para gestionar los servicios, inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Atención social de la Comunidad de Madrid con el código S8597.
Con el cheque servicio, la persona beneficiaria buscará en el sector privado el recurso que más le interesa y la Comunidad de Madrid le ayudará a financiar su coste con una cuantía mensual que dependerá del grado de dependencia y de la capacidad económica.
¿Cómo se solicita?
En primer lugar, si no tiene reconocida ya la situación de dependencia, debe solicitarlo. Para ello, deberá contactar con los Servicios Sociales correspondientes a su empadronamiento, a través de su Trabajador Social de Zona, o en los teléfonos 010 y 012 de Información al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Para realizar la evaluación, le requerirán la siguiente documentación:
· Solicitud de reconocimiento de dependencia.
· Copia de NIF/NIE en vigor del solicitante o del representante.
· Empadronamiento de la Comunidad de Madrid en la fecha de presentación de la solicitud. Así como documento/s emitido/s por los ayuntamientos correspondientes que acrediten la residencia en territorio español durante cinco años, de los cuales, dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
· Informe de salud. Dicho informe no podrá tener una antigüedad superior a tres meses respecto a la fecha de presentación de la solicitud.
· Si el solicitante es pensionista de gran invalidez o tiene reconocido algún grado de discapacidad, deberá presentar fotocopia del documento que lo acredite.
· Declaración responsable sobre la capacidad económica y patrimonial del solicitante
· Autorización de comprobación, por parte de las Administraciones públicas competentes, de los datos necesarios para la determinación de la capacidad económica y el reconocimiento del derecho a los servicios o prestaciones o, en su defecto, copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Tras entregar la documentación, la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor contactará con usted para realizar una sencilla valoración en su domicilio. Una vez realizada, le enviarán por correo la resolución de su grado de dependencia y la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la CAM volverá a ponerse en contacto con la persona interesada para fijar su Programa Individual de Atención (PIA) en función de su grado de dependencia y se acordará el modo de intervención más adecuado a sus necesidades y preferencias. Es aquí cuando hay que solicitar el Cheque servicio o la Prestación económica vinculada al servicio.
Concesión y gestión del Cheque servicio.
Una vez tenga el Grado de dependencia establecido, tendrá que presentar en la Comunidad de Madrid el contrato con la empresa de carácter privado y que esté acreditada o autorizada para poder gestionar el Cheque Servicio y en el plazo máximo de 6 meses les darán la resolución indicando la cuantía económica concedida. Nuestro centro está acreditado para prestarle el servicio de fisioterapia y rehabilitación, y colaborará con la Comunidad de Madrid para la gestión de la ayuda. Una vez aprobada la ayuda por la Comunidad, la Dirección General de Coordinación de la Dependencia le comunicara la cuantía que le corresponde por el grado de dependencia.
Cuantías máximas y mínimas establecidas para cada grado de dependencia |
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Grado de dependencia |
Máxima euros/mes |
Mínima euros/mes |
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GRADO III |
715,07 €/mes |
429,04 €/mes |
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GRADO II |
426,12 €/mes |
300,00 €/mes |
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GRADO I |
300,00 €/mes |
300,00 €/mes |
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Una vez concedida la prestación económica, nosotros deberemos justificar el abono del servicio que usted ha recibido en nuestro centro. Es a partir de ese momento cuando la Comunidad de Madrid ingresará la cuantía asignada en su cuenta.
Si ya acordó su Programa Individual de Atención (PIA) pero quiere revisarlo para solicitar el Cheque Servicio o Prestación económica vinculada al servicio, tiene que presentar una solicitud para ello.
Puede encontrar más información sobre los beneficios y aplicación del reconocimiento del grado de dependencia en la página oficial de la Comunidad de Madrid. Cualquier duda al respecto, estaremos encantados de ayudarle.